Febrero 2007
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Protección jurídica del software
// Rafael García Moreno
Hay cierto desconocimiento, incluso dentro del mundo laboral especializado, acerca de c�mo protege la ley a los programas de ordenador. Como sabemos, el desconocimiento de una ley no exime de su cumplimiento, as� que no está de más que los profesionales del sector tengamos claros ciertos aspectos legales a la hora de adquirir, modificar, crear o distribuir un programa. Empecemos por las patentes. El software no es patentable en España ni en la Uni�n Europea a pesar de las presiones de algunos lobbies de la industria que llevan intentando modificar las leyes desde hace varios años. Las patentes se usan para proteger diseños y artilugios industriales. Las ideas, los algoritmos y el software en general no es patentable, al menos de momento.
Si el software no está contemplado por las patentes, �cómo está protegido?. La respuesta es que existe una ley que se encarga de ello, la Ley de Propiedad Intelectual. Esta ley es la misma que regula la industria de la m�sica y de los contenidos audiovisuales , la que nos da el derecho a la copia privada y crea la figura de la SGAE. �Quién dijo que el software no es arte?. Pues bien, esta ley da a los autores de software dos tipos de derechos: derechos morales y derechos de explotaci�n. Se considera autor al creador del software y por el hecho de ser autor ya se le otorgan una serie de derechos morales a los que no puede renunciar, como por ejemplo el derecho al reconocimiento de su nombre como creador del software. Por otra parte, los derechos de explotaci�n son una serie de derechos que se les asigna a los autores para beneficiarse de la explotaci�n de su obra. Dentro de estos derechos, los más poderosos son el que le da al propietario la capacidad de decir quién y bajo qué circunstancias puede copiar y distribuir el programa y el que le da el poder de decidir quién y bajo que circunstancias puede ejecutar el programa. La industria está muy contenta porque los derechos de explotación sí que son transferibles, por lo que un autor puede ceder amablemente estos derechos o venderlos por un módico precio. Los derechos de explotación son también conocidos como copyrights y son representados por el conocido símbolo �. Este símbolo indica que el software que tenemos entre manos tiene derechos de explotación en activo y que si no respetamos los deseos y restricciones de distribuci�n impuestas por los propietarios de estos derechos, podrán actuar legalmente en nuestra contra. A las personas que no respetan los derechos de explotaci�n se las conoce vulgarmente como piratas. Es habitual que las empresas contraten programadores para escribir software, en este caso y a menos que se acuerde lo contrario, los derechos de explotación pertenecen completamente a la empresa contratante. Para dejar bien claro los deseos de explotaci�n de los propietarios, todo paquete de software viene acompañado de un texto conocido como licencia del programa. La licencia indica las condiciones que le pone el propietario de los derechos de explotación al programa. Dependiendo de lo restrictivas que sean las condiciones indicadas en la licencia podemos clasificarlas en dos tipos: propietarias o libres.
Las licencias propietarias son licencias muy restrictivas que prohíben totalmente la distribución y la copia del programa y solo permiten ejecutar el programa a las personas que han pagado por una licencia que por supuesto es personal e intransferible. También prohíben la modificación o adaptación del programa. Para evitar las modificaciones suelen distribuir el programa sin el código fuente. El ejemplo más claro de licencia propietaria es la que usa Microsoft con su sistema operativo Windows. La licencia de Windows se llama EULA (End User License Agreement). Si leemos la licencia nos llamará la atenci�n un texto que dice que el producto se entrega tal cual (as is), con todos los fallos que pueda tener y sin garant�as. También te advierten de que no se hacen responsables si el software produce alg�n daño. As� que no podremos pedir responsabilidades si se pierden todos los datos de la empresa por un fallo del Windows como tampoco podremos pedir que nos arreglen un error que hemos detectado puesto que hab�amos aceptado el programa con ese error, con sus virtudes y con sus defectos.
Las licencias libres son el polo opuesto de las propietarias, en lugar de prohibir, dan al usuario la libertad de usar el programa con cualquier prop�sito, de estudiar c�mo funciona y adaptarlo a sus necesidades, de distribuir copias sin restricciones y de mejorar el programa y hacer p�blicas las mejoras a los demás. Para asegurar estas libertades, es requisito que el programa se distribuya con su c�digo fuente. Una de las licencias libres más conocidas es la BSD (Berkeley Software Distribution) que te permite hacer cualquier cosa con el software, incluso alguien que no fuera el autor podr�a cambiar la licencia y distribuir el programa sin c�digo fuente. Esto permite que muchas empresas tomen prestado c�digo BSD y lo usen en sus programas propietarios. Por ejemplo se puede encontrar código BSD dentro de Windows y MacOS. Otra de las licencias libres más populares es la GPL (General Public License). La diferencia con la anterior es que la GPL no nos permite cambiar de licencia, por lo que si distribuimos un programa con modificaciones hechas por nosotros el programa deber�a seguir siendo GPL, el c�digo debería distribuirse con él y por lo tanto el código de nuestras modificaciones también estaría incluido. Esto hace que los programas GPL están en constante crecimiento y mejora. Otra duda que puede surgir en el mundo de los negocios es si se debe distribuir el código de un programa GPL que se ha personalizado o modificado y que se ejecuta en un servidor dando servicio a un conjunto de usuarios. Un caso habitual puede ser personalizar el PHPNuke que también es GPL y adaptarlo a las necesidades de la empresa. En este caso la aplicaci�n no se está distribuyendo, se ejecuta en los servidores empresariales, por lo que no hay que distribuir el c�digo. Como se puede ver, las ventajas que ofrece el software con licencia libre dentro del entorno empresarial hacen que se vaya adoptando para realizar tanto tareas internas como para ofrecer a los clientes productos o servicios basados en Software Libre. Se están creando nuevos nichos de mercado ya que una empresa puede adaptar y personalizar el Software Libre a sus necesidades o bien contratar a otra empresa para que se lo haga, cosa muy dif�cil con software propietario. Potencialmente cualquier empresa podr�a adaptar un programa con licencia libre. Más competencia, más baratos serán los precios y menos atada se encontrará la empresa a un solo proveedor. Esto abre un nuevo modelo de negocio y un campo a explorar por las empresas dedicadas al desarrollo de software que ahora pueden proporcionar servicios de adaptación, personalización y soporte de aplicaciones de software libre. |